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miércoles, 24 de noviembre de 2010

Anuncian nuevas disposiciones para equipaje en aeropuertos

Ciudad de México / miércoles, 24 de noviembre 2010
Distrital Revista


A partir del 1 de diciembre próximo entrarán en vigor las disposiciones que precisan tipo y cantidad de productos que pasajeros y tripulación podrán portar en su equipaje de mano en todos los aeropuertos comerciales del país.

En un comunicado, la Secretaría de Comunicaciones y Transportes (SCT) informó que las medidas integradas en la Circular Obligatoria que detalla los artículos permitidos en el equipaje de mano, responden a las recomendaciones de la Organización de Aviación Civil Internacional (OACI) y a las normas mexicanas en materia de seguridad aérea y aeroportuaria.

Por ello, señaló, el próximo 1 de diciembre a través de la Dirección General de Aeronáutica Civil (DGCAC), y en coordinación con los concesionarios y permisionarios de aeropuertos civiles de servicio público de transporte aéreo, instrumentará las nuevas especificaciones de seguridad para el equipaje de mano.

El propósito es estandarizar criterios, medios y procedimientos de revisión en terminales aeroportuarias, además de facilitar los modos de inspección, restricción y aceptación del equipaje de mano y de carga de los usuarios.

Entre los artículos que pueden portar en equipajes de mano están los medicamentos en cantidad suficiente para el viaje; leche, jugo y alimentos para bebes que estén a bordo de la aeronave; así como productos para necesidades dietéticas especiales, artículos electrónicos y ropa, entre otros.

Además, en el caso de artículos de higiene personal o de uso cosmético como geles, aerosoles y líquidos sólo se permitirán en recipientes con contenido no superior a 100 mililitros dentro de una bolsa de plástico resellable de 20 por 20 centímetros, y en una cantidad no superior a un litro en total por cada pasajero.

Respecto al transporte de bebidas alcohólicas, cada usuario podrá llevar en su equipaje de mano hasta cinco litros, siempre y cuando éstas hayan sido adquiridas dentro de las salas de última espera de las terminales aéreas.

En cuanto a las bebidas que hayan sido compradas fuera de los aeropuertos, deberán transportarse en el equipaje documentado.

Indicó que la transportación de objetos punzantes o con aristas como herramientas de mano, martillos, desarmadores, pinzas, tijeras de metal con puntas no redondeadas, taladros y sierras eléctricas portátiles, estará permitida como equipaje de bodega y deberán ser documentados además de contener el embalaje y protección adecuada.

En cuanto a las armas de fuego, partes de éstas, réplicas o juguetes que simulen serlo, además de pistolas de competencia, de bengalas y de aire comprimido; fuegos artificiales, rociadores defensivos de pimienta, palos de golf, de jockey, bates de béisbol, raquetas y objetos similares podrán llevarse como equipaje de bodega.

Aclara que antes las autoridades competentes deberán revisarlos y verificar que cumplan con los controles de seguridad.

Por el contrario, estará estrictamente prohibida la transportación en equipaje de mano y de bodega de las sustancias o materiales explosivos e inflamables, como cilindros de oxígeno y gases comprimidos como acetileno, helio y nitrógeno, entre otros.

Tampoco podrán transportarse frigoríficos con gases licuados, amoníaco, baterías y acumuladores de cualquier tipo y lámparas de alta intensidad.

De igual modo, está prohibido transportar cualquier tipo de cloros, desinfectantes, encendedores en forma de pistola o de uso casero que excedan los nueve centímetros, así como cerillos, sustancias químicas, biológicas y radiológicas tóxicas o infecciosas.

La dependencia destacó que dentro de estas medidas se consideraron las necesidades y derechos de personas con capacidades diferentes que deban portar muletas, bastones, sillas de ruedas y ayudas motrices eléctricas y no eléctricas, las cuales tienen que cumplir con los procedimientos de seguridad y embalaje para su traslado.

Estas disposiciones se aplicarán en todos los aeropuertos y en todos los vuelos comerciales, tanto a destinos nacionales, como a internacionales,

La DGAC enfatiza que es responsabilidad de los concesionarios y permisionarios de los aeropuertos informar a sus usuarios, empleados, proveedores, representantes autorizados y visitantes de las medidas para facilitar su aplicación.

Por su parte, Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) realiza la actualización de dichas disposiciones con la impresión de carteles informativos y capacitación de personal, en coordinación con la DGAC y la Cámara Nacional de Autotransportes (Canaero). (Con información de Notimex)

miércoles, 25 de agosto de 2010

Ordena juez a aeropuertos prestar servicios a Mexicana

CIUDAD DE MÉXICO / miércoles, 25 de agosto de 2010
Distrital-Revista

Caso Mexicana de Aviación

El juez 11 de Distrito en materia civil concedió una medida precautoria solicitada por la línea aérea Mexicana, y ordenó a los aeropuertos del país mantener los servicios necesarios para que esa compañía continúe en operación.

El juez Felipe Consuelo Soto emitió el acuerdo por el que ordena a los grupos aeroportuarios acatar la medida, pero en su fallo evitó obligar a personas, autoridades o empresas auxiliares a la aerolínea, como ésta lo solicitó.

El impartidor de justicia sostuvo que es notorio que Mexicana constituye una de las grandes líneas aéreas del país, lo que implica un gran número de trabajadores, acreedores y usuarios afectados por su circunstancia actual.

El juez dirigió su medida precautoria a las empresas Grupo Aeroportuario del Pacífico, Grupo Aeroportuario Centro Norte y Grupo Aeroportuario del Sureste, además del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México, Aeropuertos y Servicios Auxiliares y la Sociedad Operadora del Aeropuerto Internacional Ángel Albino Corzo.

Mexicana de Aviación reportó en su demanda de concurso mercantil que hasta junio pasado tenía pasivos por más de 15 mil millones de pesos.

Tenedora K es la nueva propietaria y, hasta ahora, no ha decidido aportar nuevos recursos hasta que la compañía reduzca de manera significativa el número de personal y sus prestaciones laborales. (Con información de Notimex)